Jurisprudencia: Declaración en sede policial sin asistencia letrada: consecuencias
Deja un comentarionoviembre 10, 2013 por rubenherrerogimenez
«En la STS 27-02-2013 (Rc 735/2012) se razona la imposibilidad de utilizar las declaraciones prestadas ante la policía por un imputado sin asistencia letrada: “La ausencia de letrado impide la valoración como prueba de esa declaración policial. A la vista del art. 767 LECrim puede dudarse sobre la posibilidad de renunciar a esa asistencia no en general, que no es posible, sino para una concreta diligencia de declaración. La redacción no es totalmente concluyente.” (FJ 5º).
Elaborado por el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, 2.012-2.013.